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Con motivo de la campaña de la Declaración de la Renta 2022, a realizar este año 2023, recordamos que las cuotas colegiales son deducibles, cuando la colegiación sea obligatoria.

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Dadas las cuotas actuales, si se han abonado completas, se pueden deducir en su totalidad ya que el límite es de 500,00 € en el ejercicio, de acuerdo con el apartado 2.d del Artículo 19 de la vigente Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) y el Art. 10 del Reglamento del mismo impuesto R.D. 439/2007 de 30 de Marzo.

 

- Importe a deducir por CUOTAS COLEGIALES durante el año completo 2022 (dos semestres): 250,00 €.

- Las personas colegiadas durante el año 2022, podrán deducirse tanto la cuota de inscripción como el/los semestre/s correspondiente/s.

- No es necesario presentar ningún documento acreditativo, simplemente se consignará el importe en la casilla que corresponda.

 

En el caso de necesitar y/o desear aportar documento justificativo se puede presentar recibo bancario de haber efectuado el correspondiente abono, y si el/la colegiado/a lo desea, puede solicitar al Colegio CERTIFICADO de COLEGIACIÓN ALTA PAGO CUOTAS AÑO ANTERIOR (HACIENDA-RENTA): 

para solicitar dicho certificado a través del portal web, se debe tener usuario y contraseña en este nuevo portal web. El/a colegiado/a que aún no haya solicitado dicho usuario y contraseña puede hacerlo a través de este formulario web.

 

Si ha olvidado su contraseña, puede volver a solicitarla a través de este enlace.

 

Más información

Sección Colegiados/Renta-Hacienda de nuestro portal web. 

Sección Colegiados/Cuota de nuestro portal web