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Hasta el 16 de octubre de 2023 pueden presentarse las solicitudes de subvención procedente de fondos europeos

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Las ayudas serán abonadas antes de que finalice el presente año, oscilan entre los 300 euros y los 2.000.000 euros y están dirigidas a pymes y personas trabajadoras autónomas en Andalucía que se han visto especialmente afectadas por el incremento excepcional del precio del gas natural y/o la electricidad y debido a la crisis internacional de materias primas y suministros, para los consumos efectuados entre el 1 de febrero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.

 

Entre otros requisitos para acceder a estas ayudas, destaca la obligatoriedad de que la pyme o autónomo/a desarrolle su actividad económica en establecimientos ubicados en Andalucía, que sean titulares de contratos de gas natural y/o electricidad con empresas comercializadoras que operen en Andalucía y dispongan, al menos, de un punto de suministro (CUPS) en territorio andaluz. Además, deberá haber realizado durante el ejercicio 2021, al menos, una de las actividades económicas previstas en los códigos CNAE detallados en el Anexo I del Decreto ley y mantenerla en el ejercicio 2022.

 

Es concurrencia NO competitiva, el plazo se ha ampliado al 16 de octubre de 2023 y toda la información puede consultarse en la web http://ayudasobrecosteenergetico.es

 

Más información

Grabacion de Webinar de ATA Autónomos sobre las Ayudas a Pymes y Autónomos/as para compensar el sobrecoste energético 2022 en Andalucía

Preguntas más frecuentes sobre las Ayudas a Pymes y Autónomos/as para compensar el sobrecoste energético 2022 en Andalucía

Valor de Referencia para acceder a la ayuda según actividad económica