Presentación
En nombre del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental quiero dar la bienvenida a su Página Web, que pretende ser un espacio en la Red de la máxima utilidad para colegiados y colegiadas, así como para todas aquellas personas que se acerquen a nuestra institución buscando información y referencia sobre la profesión de la Psicología.
Sin duda la Psicología tiene hoy un calado muy importante en la sociedad, caracterizado por ser una disciplina científica y una profesión que ofrece servicios y acciones presentes en todos los ámbitos y sectores de la sociedad. En las últimas décadas el desarrollo de la Psicología ha ido parejo al desarrollo de la Sociedad, pudiendo afirmarse que muchos de los avances y progresos sociales han sido consecuencias de la investigación y de la práctica de la Psicología.
Desde nuestro Colegio nos gusta afirmar que “la Psicología está en todo, pero no todo es Psicología”, por lo que animamos a todas las personas que se acerquen a nuestra profesión buscando cualquier tipo de intervención desde la misma, que se apoyen en psicólogas y psicólogos colegiadas/os. Sólo un/a profesional colegiado/a de la Psicología representa preparación y habilitación para el ejercicio, previniéndose así la mala praxis de personas intrusas que no ofrecen servicios regulados ni acordes con la evidencia científica.
Animamos a conocer y utilizar este portal web, en la que encontrarán de manera ágil y asequible información relevante y servicios tanto para los colegiados y colegiadas como para el resto de personas que nos visiten.
José Tenorio Iglesias
Decano Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental
Estatutos y Legislación
ESTATUTOS
El día 30 de noviembre de 2018 quedó aprobada y publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 232, página 228, la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
Referencia ESTATUTOS COLEGIALES:
Referencia a su CARÁCTER NO LUCRATIVO
El Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental es una entidad sin ánimo de lucro según regula el artículo nº 1 de sus Estatutos, inscritos en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía con fecha 30/12/2010, y modificados el 10/12/2012 y 14/01/2019.
Referencia a la DENOMINACIÓN DEL COLEGIO
El nombre actual de “Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental”, fue aprobado en la Junta General del COP-AO del 18 de junio de 2004, siendo este acuerdo ratificado en la Junta General del 18 de junio de 2022 con objeto de dar respuesta a lo exigido por la Administración Pública competente.
LEGISLACIÓN DE COLEGIOS PROFESIONALES
Los Colegios Profesionales son corporaciones de derecho público que defienden los intereses de sus miembros colegiados. Su función principal es la de velar por el cumplimiento de una buena labor profesional mediante las siguientes acciones:
- La ordenación del ejercicio de la profesión, dentro del marco legal respectivo y en el ámbito de sus competencias.
- La representación institucional exclusiva de la profesión cuando estén sujetas a colegiación obligatoria.
- La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de sus personas colegiadas.
- La defensa de los intereses profesionales de las personas colegiadas.
El Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental en cumplimiento con la normativa vigente está inscrito con número 118 en el REGISTRO DE COLEGIOS PROFESIONALES DE ANDALUCÍA, según consta en la Resolución de la Consejería de Gobernación y Justicia de 30/12/2010.
- Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
- Decreto 164/2001, de 3 de julio, por el que se crean, por segregación, el Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Occidental y el Colegio Oficial de Psicólogos de Andalucía Oriental.
- Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía.
- Ley 7/2005, de 13 de mayo, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos.
- Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía.
Reglamentos y Normativas
Desde la creación del Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental, ha sido una constante aspiración de sus componentes su configuración como una entidad pluriterritorial, tanto en su ámbito normativo como en el económico y de efectivo gobierno. Con la constitución de las Delegaciones territoriales, se perseguía que el Colegio fuese cercano y directo para los colegiados y colegiadas, con la autonomía necesaria para cumplir con los objetivos planteados en cada territorio.
Este Colegio cuenta con una Comisión de Ética y Deontología, cuya finalidad es velar por el cumplimiento del Código Deontológico y promocionar un ejercicio profesional ético entre los/as colegiados/as. Así como una Comisión de Recursos encargada de tramitar los recursos interpuestos contra los actos y resoluciones de la Junta de Gobierno.
Los Grupos de Trabajo y las Áreas Profesionales constituyen la estructura profesional del Colegio, conformándose como espacios de participación, discusión y representación de los ámbitos en los que la profesión se desarrolla, además de servir de apoyo y colaboración entre los colegiados y las colegiadas, y asesorar a la Junta de Gobierno en su ámbito de intervención.
Desde la organización colegial se ha pretendido fomentar la participación, para lo cual se crearon las figuras de precolegiado/a y miembro asociado, de forma que aquellas personas que se hallen finalizando el Grado en Psicología o se hayan jubilado puedan participar en la vida colegial.
En línea con el desarrollo profesional en diversos ámbitos de intervención, se crean las Acreditaciones Profesionales, como punto de partida para la definición de los perfiles profesionales dentro de la Psicología; con el objetivo de dotar de criterios de calidad al ejercicio profesional, así como potenciar el grado de competencia y capacitación de los profesionales de la Psicología en los distintos ámbitos.
En cumplimiento de la Ley 2/2007 de 15 de marzo de Sociedades Profesionales, este Colegio creó el Registro de Sociedades Profesionales, con el objeto de facilitar la inscripción de los actos y documentos relativos a las Sociedades Profesionales cuyo objeto social y actividad corresponda al ejercicio de la Psicología en cualquiera de las materias y contenidos que les son propios, conforme a los Estatutos colegiales.