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COLEGIADOS/AS CON ACTIVIDAD PROFESIONAL POR CUENTA PROPIA ANTERIOR A 1999 Y NO INSCRITOS/AS EN RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES/AS AUTÓNOMOS/AS (RETA) POR NO ESTAR PERMITIDO. Desde el Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental se trasladó al Consejo General de Psicología de España con fecha 13/02/2023 el resultado de la consulta a nuestros colegiados/as a través de formulario habilitado, habiéndose identificado durante el periodo de consulta (del 08/02/23 al 13/02/23) 69 casos con un promedio de edad de 60,19 años que han desarrollado actividad profesional como psicólogo/a por cuenta propia antes del 1999. El Consejo General de la Psicología de España el 16 de marzo de 2023 se reunió con el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para este particular. El Consejo está valorando la presentación de una Propuesta No de Ley y volverse a reunir, porque de momento desde el Ministerio tras este primer encuentro no se han formulado soluciones inmediatas. El Consejo pretende que el Ministerio establezca un procedimiento para que el periodo trabajado como profesional libre antes del 1999 y demostrable documentalmente sea tenido en cuenta, y que esta “laguna de cotización” forme parte del periodo de cotización del/la profesional, y con ello, poder trabajar para que dicha situación desfavorable en el momento de la jubilación la contemplen.
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