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El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, establece una situación excepcional durante los quince días siguientes a su entrada en vigor, es decir, desde el mismo sábado 14 hasta el 28 de marzo de 2020 inclusive, sin perjuicio de posible prórrogas.

 

La Disposición Adicional Tercera del Real Decreto establece expresamente la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos administrativos, que se reanudarán al término de esta situación:

 

"El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo".

 

Por tanto, y con efecto desde el lunes 16 de marzo de 2020, al constar el fin de semana como días inhábiles, quedan suspendidos todos los términos y todos los plazos de todos los procedimientos ante la Administración pública y en lo que respecta al Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Occidental, los de todos los procedimientos colegiales (incluidos expresamente los deontológicos).

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